Sáb, 14 de febrero del 2026
Hechos.com.do
  • NACIONALES
  • DEPORTES
    • BÉISBOL
    • BALONCESTO
    • VOLEIBOL
    • FÚTBOL
    • TENIS
    • BOXEO
    • ATLETISMO
  • ECONOMÍA
    • TURISMO
    • COMBUSTIBLES Y ENERGÍA
    • FINANZAS Y COMERCIO
    • AGROPECUARIA
    • EMPRESAS
  • POLÍTICA
  • SALUD
  • JUSTICIA
  • INTERNACIONALES
  • OPINIÓN
  • TECNOLOGÍA
  • ARTE Y VARIEDAD
    • MÚSICA
    • CINE
    • FARANDULA
    • MODA
Sin Resultados
Ver Todos los Resultados
Hechos.com.do
Sin Resultados
Ver Todos los Resultados
Inicio Política

Tobías Crespo somete proyecto para proteger periodistas y comunicadores

Redacción Por Redacción
31 / 07 / 2023
Tobias Crespo

ARTICULOSRELACIONADOS

Rafael Castillo encabeza acto de unidad en SDE y proyecta triunfo de Leonel en 2028

Senaduría del DN destina Fondo Gadiel a operaciones a corazón abierto para niños

Alfredo Pacheco destaca los 11 años del PRM como una decisión colectiva para transformar la política dominicana

Danilo Medina critica "lentitud" del Gobierno en ejecución presupuestaria

Leonel Fernández muestra su nueva cédula y afirma: “es la prueba de que el sistema funciona”

El diputado de la Fuerza del Pueblo, Tobías Crespo, sometió un proyecto de ley que busca establecer la cláusula de la conciencia, como protección de los derechos laborales de los periodistas y profesionales de la comunicación en la República Dominicana.

“Esta ley tiene por objeto establecer y garantizar la cláusula de conciencia como un derecho de los periodistas, sobre su independencia en el desempeño de su función profesional y su integridad deontológica, frente a hechos producidos en el seno de la empresa o institución periodística que lo cuestione”, dice la pieza en su primer artículo.

El congresista recordó que en la Constitución del año 2010, en el gobierno del expresidente Leonel Fernández, fue insertada esta importante iniciativa, inscribiendo a nuestro país dentro de las mejores prácticas del constitucionalismo, ampliando la esfera de garantías laborales del periodismo dominicano al momento de ejercer su función según mandato del numeral 3 del artículo 49 de la Carta Magna que garantiza y protege el Secreto Profesional y la Cláusula de Conciencia para los profesionales del periodismo y la comunicación social que están sometidos a constantes riesgos.

“La cláusula de conciencia para el periodista, es un derecho específico que forma parte del derecho a comunicar información y que constituye un presupuesto básico para el ejercicio efectivo de este derecho en el Estado Democrático Social y de derecho”, indicó.

El congresista opositor dijo, asimismo, que promueve la garantía de preservar la satisfacción del carácter objetivo de dicha libertad, de su papel como pieza básica en el sistema democrático y de su finalidad como derecho a transmitir y recibir una información libre y plural.

Tobías Crespo señalo que el artículo 4, dice que la cláusula de conciencia es la vía legal por la cual el periodista puede dar por terminado su contrato de trabajo con la empresa periodística o institución en la que trabaja, percibiendo igual indemnización que si hubiera sido despedido injustamente cuando se presenten las causales especificadas en esta ley y garantizada y proyegida por la Constitucion.

“Esta ley tienen alcance y aplicación para todo el ejercicio del periodismo en todas sus manifestaciones y medios en todo el territorio de la República Dominicana”, expresa en su artículo 5.

También la pieza establece, los llamados efectos de su invocación, cuya cláusula consiste en la posibilidad que tiene el periodista de poner fin unilateralmente al contrato laboral que lo liga a la empresa o institución contratante, percibiendo la indemnización que le correspondería por despido sin causa.

.“El ejercicio del derecho a la cláusula de conciencia da lugar a una indemnización para el periodista, tal y como éste hubiese sido despedido sin causa alguna con el efecto derivado de la rescisión del contrato de trabajo a instancia del propio periodista, tratándose de un “autodespido” fundamentado en razones de orden deontológico”, dice el párrafo 1 del artículo 9.

Importantes datos, sobre la cláusula de conciencia en Latinoamérica

En Latinoamérica, los casos de mayor relevancia en materia de cláusula están dados por aquellos países que durante los años 90, siguieron el modelo español, han incorporado el derecho a la cláusula de conciencia en sus respectivas constituciones nacionales: Paraguay, Ecuador y más reciente, República Dominicana en la constitución del año 2010


COMPARTIR CONTENIDO

Publicación Anterior

RD recibirá más de 500 millones de dólares de inversión israelí

Publicación Siguiente

Codue organiza encuentro de capacitación sobre rendición de cuentas

TE RECOMENDAMOSLEER

Rafael castillo vocero fp

Diputado Rafael Castillo valora encuentro por crisis haitiana que afecta la República Dominicana

9 de junio del 2025
santo domingo iluminado

ADN se une con instituciones bajo el programa 'Iluminando el País' para tener calles y avenidas más seguras

5 de noviembre del 2023
lluvias rd

La Onamet prevé aguaceros fuertes sobre varias provincias este lunes

18 de diciembre del 2023
Ammy Hiraldo Peña Cotui justicia

Imponen 30 años de prisión a un joven que mató a otra a cuchilladas en Cotuí

2 de diciembre del 2025
hechos website footer logo

Medio de comunicación con más de 10 años en línea cubriendo todo el acontecer noticioso que se da cita en República Dominicana.

Síguenos en nuestras redes sociales:

  • Quiénes Somos
  • Privacidad
  • Términos de uso
  • Contactos

© 2023 | Todos los derechos reservados

Sin Resultados
Ver Todos los Resultados
  • NACIONALES
  • DEPORTES
    • BÉISBOL
    • BALONCESTO
    • VOLEIBOL
    • FÚTBOL
    • TENIS
    • BOXEO
    • ATLETISMO
  • ECONOMÍA
    • TURISMO
    • COMBUSTIBLES Y ENERGÍA
    • FINANZAS Y COMERCIO
    • AGROPECUARIA
    • EMPRESAS
  • POLÍTICA
  • SALUD
  • JUSTICIA
  • INTERNACIONALES
  • OPINIÓN
  • TECNOLOGÍA
  • ARTE Y VARIEDAD
    • MÚSICA
    • CINE
    • FARANDULA
    • MODA

© 2023 | Todos los derechos reservados