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Juez SCJ destaca avances en la aplicación de principios constitucionales en los tribunales en materia de igualdad

El magistrado Herrera Carbuccia aseguró que “No puede haber un Estado social de derecho si no hay una mayor igualdad”

Redacción Por Redacción
08 / 03 / 2025
Magistrado Ramón Herrera Carbuccia

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Santo Domingo.-El magistrado Ramón Herrera Carbuccia, juez de la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), destacó el papel de es alto tribunal en el fortalecimiento de los principios constitucionales en materia de equidad de género y de otros ámbitos sociales.

Durante una ponencia titulada: “Igualdad y no Discriminación”, el magistrado destacó los aspectos legales y los esfuerzos por aplicar los principios de la igualdad en materia laboral y social, que según declaró, “han fortalecido el cumplimiento de estos principios sobre las costas, sobre la desigualdad compensatoria, el principio protector”.

“No puede haber un Estado social de derecho si no hay una mayor igualdad”, reconoció Herrera Carbuccia, al valorar la lucha de la mujer para alcanzar ese logro, y precisó que la República Dominicana está en ese proceso de construcción de un Estado social de derecho.

“En la medida en que haya una mayor igualdad, hay una mayor democracia”, afirmó el magistrado, indicando que para que pueda haber una democracia política, debe haber una democracia social y que, “para que haya una democracia social, tiene que haber un mayor equilibrio social”, significó.

En ese ámbito, el magistrado citó el artículo 39 de la Constitución dominicana, que establece el derecho a la igualdad, prohibiendo cualquier acto que menoscabe los derechos fundamentales de la mujer y el hombre.

En ese sentido, resaltó el derecho a la “dignidad” establecido en la Carta Magna dominicana, “fíjese que muchos indican que la dignidad es el derecho más fundamental, entonces, no puede haber igualdad si no hay dignidad”, aseguró.

Asimismo, explicó que cuando se habla de igualdad hay que hablar sobre la tutela judicial efectiva, el acceso al empleo y los despidos discriminatorios. Lamentó que haya limitaciones al trabajo por la edad y que haya limitaciones al trabajo, legales, con respecto a la mujer.

Al motivar el tema de su ponencia, el magistrado explicó que el Código de Trabajo dominicano es uno de los pocos que contiene una tabla de principios fundamentales, en ese aspecto, y citó varios ejemplos en los que la Suprema Corte de Justicia se ha esforzado por fortalecer los principios de igualdad consagrados en la Constitución.

Precisó el artículo 102 del Código de Trabajo, donde explicó que la Ley condena al trabajador o trabajadora cuando hace una dimisión declarada injustificada, al pago de una indemnización al empleador.

En ese sentido, el magistrado recordó el fallo de la Suprema Corte de Justicia, en la Tercera Sala, que declaró que “no procede esa condena, a salvedad de que usted haga una demanda abusiva o temeraria”, el magistrado explicó que la demanda no procedió, porque se debió a un trato “discriminatorio”.

Recordó que “el gran principio de trabajo es el derecho protector”, en ese sentido, indicó que la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia no condena en pago de costas a los trabajadores.

El magistrado Herrera Carbuccia expuso durante la actividad de lanzamiento de la Primera Sociedad Dominicana de Abogadas Laboralistas (SODOAL), en un acto titulado “Mujer y Trabajo”, celebrado en el auditorio de la SCJ.


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