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JCE emite resolución para implementar el programa de voto en casa

Redacción Por Redacción
25 / 04 / 2024
Voto JCE

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La Junta Central Electoral (JCE) emitió la resolución 33-2024 que establece la implementación del voto en casa para aquellas personas con discapacidad física severa, condición motora o motivos graves de salud, a los cuales les sea imposible trasladarse a los centros de votación el próximo 19 de mayo, pero que puedan ejercer el sufragio por decisión propia desde sus residencias ubicadas en el Distrito Nacional y la provincia Santo Domingo.

La implementación de este programa impactará a las personas votantes que han sido seleccionadas del listado de inscritos a través del formulario en línea https://votoengasa.jce.gob.dol, y sometidas al proceso de evaluación mediante el Cuestionario de Evaluación de la Discapacidad.

Los equipos móviles que formarán parte del programa de voto en casa estarán integrados por tres personas principales: un presidente, un secretario y un vocal, cada uno de los cuales tendrá un sustituto designado. Además, el equipo contará con un supervisor, un representante opcional de las organizaciones de personas con discapacidad, un miembro de la Policía Militar Electoral, delegados de las organizaciones acreditadas para este propósito y un chofer.

El documento establece que el personal de estos equipos, debidamente identificado y acreditado se presentará por ante cada uno de los hogares de las personas inscritas en el listado definitivo de electores del programa voto en casa con la finalidad de formalizar el proceso de votación de su residencia.

Agrega que las rutas de los equipos móviles comenzarán a las 7:00 a.m. desde cada Junta Electoral dentro de la demarcación territorial correspondiente a la ubicación de los beneficiarios del programa. Antes del desplazamiento, se coordinará con cada beneficiario la disponibilidad para recibir al personal en sus hogares.

La jornada concluirá con la entrega del último voto en el colegio correspondiente a las 5:00 p.m., según lo establecido en el artículo 5 de la resolución.


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