Participación Ciudadana presentó su tercer informe del observatorio sobre la suerte de los casos de corrupción que se conocen en los tribunales dominicanos, cuyo objetivo es monitorear estos hasta que se produzcan las sentencias definitivas.
PC, meidante nota de prensa expresó que como organización dedicada a la lucha contra la corrupción y la impunidad, el propósito de estos informes es medir la eficiencia con que opera el sistema de justicia en esta materia, mantener informada a la opinión pública y crear conciencia ciudadana en la lucha contra la impunidad de los delitos de corrupción.
"Entendemos que, los expedientes de corrupción administrativa no deben subsumirse en estadísticas generales de mora judicial, por el contrario, debe dársele seguimiento especial, ya que se trata de los casos más complejos, con más acusados, con redes complejas de involucrados con poder para lograr y encubrir sus propósitos y porque presentan montos jamás vistos en la historia de la justicia dominicana", sostuvo.
Por tanto, PC afirmó: "Estos casos son de interés general de la sociedad, porque se trata de recursos públicos, porque son responsables de la pobreza de la población y del Estado y porque la corrupción es un delito presente en toda la historia del país que es imperativo erradicar".
Expuso que este tercer informe recoge las incidencias en el desarrollo de estos casos en los últimos meses del año 2024, y profundiza en el análisis de los riesgos de que en los mismos se pueda declarar extinguida la acción pública, por la llegada del tiempo máximo de duración del proceso sin sentencia al fondo.
Indicó que como se desprende de la información que exponemos a continuación, todos los casos de corrupción administrativa en la justicia avanzan muy lentamente, algunos ya pasaron o en este año cumplen 4 años, sin que se haya logrado una sola sentencia en primera instancia. Esto nos lleva a afirmar que la mora judicial, en temas de corrupción administrativa, sigue siendo extremadamente alta.
Informe completo:
El 7 de enero del presente año, el Presidente de la Suprema Corte de Justicia, magistrado Luis Henry Molina, en su discurso de celebración del Día de la Justicia, destacó una serie de aspectos y cifras que representan cambios importantes en el sistema judicial, en temas tan cruciales como la reducción de la mora judicial, la digitalización de todas las decisiones, el monitoreo del rendimiento de los tribunales, la transparencia de los datos e informaciones, mayores controles éticos y rendición de cuentas, entre otros aspectos que incluyen planes de profundización de las transformaciones en el presente año.
Participación Ciudadana celebra estos avances que son el fruto de la voluntad de todos los actores del sistema, así como de los reclamos, el seguimiento y la participación de una diversidad de sectores que han puesto el mejoramiento de la justicia como una de sus principales prioridades en la construcción de una República Dominicana más democrática, justa, progresista y pacífica.
En el interés de seguir participando y contribuyendo al logro de estas metas nacionales, Participación Ciudadana presenta este tercer informe del observatorio sobre la suerte de los casos de corrupción que se conocen en los tribunales dominicanos, cuyo objetivo es monitorear estos casos hasta que se produzcan las sentencias definitivas.
Como organización dedicada a la lucha contra la corrupción y la impunidad, el propósito de estos informes es medir la eficiencia con que opera el sistema de justicia en esta materia, mantener informada a la opinión pública y crear conciencia ciudadana en la lucha contra la impunidad de los delitos de corrupción.
Entendemos que, los expedientes de corrupción administrativa no deben subsumirse en estadísticas generales de mora judicial, por el contrario, debe dársele seguimiento especial, ya que se trata de los casos más complejos, con más acusados, con redes complejas de involucrados con poder para lograr y encubrir sus propósitos y porque presentan montos jamás vistos en la historia de la justicia dominicana. Por tanto, estos casos son de interés general de la sociedad, porque se trata de recursos públicos, porque son responsables de la pobreza de la población y del Estado y porque la corrupción es un delito presente en toda la historia del país que es imperativo erradicar.
3 Este tercer informe recoge las incidencias en el desarrollo de estos casos en los últimos meses del año 2024, y profundiza en el análisis de los riesgos de que en los mismos se pueda declarar extinguida la acción pública, por la llegada del tiempo máximo de duración del proceso sin sentencia al fondo. Como se desprende de la información que exponemos a continuación, todos los casos de corrupción administrativa en la justicia avanzan muy lentamente, algunos ya pasaron o en este año cumplen 4 años, sin que se haya logrado una sola sentencia en primera instancia. Esto nos lleva a afirmar que la mora judicial, en temas de corrupción administrativa, sigue siendo extremadamente alta. 1. Desarrollo de los casos en el último trimestre del año 2024. 1.1 Resumen del caso Anti Pulpo. Fecha de medidas de coerción Las medidas de coerción fueron dictadas el 8 de diciembre de 2020, por lo que en diciembre 2024 cumplió cuatro años. Imputación Sustracción en perjuicio del Estado entre los años 2012 y 2020 por RD$4 mil 796 millones mediante contratos millonarios con diversas instituciones del Estado, practicando tráfico de influencias.
Tribunal apoderado de la fase preliminar Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, juez Deiby Timoteo Peguero. Imputados enviados a juicio Juan Alexis Medina Sánchez, Carmen Magaly Medina Sánchez, Fernando Rosa, Aquiles Christopher, Antonio Florentino Méndez, Rigoberto Alcántara Batista, José Alarcón Fulvio Antonio Cabrera, José Idelfonso Correa, Libni Arodi Valenzuela Matos, Francisco Ramón Brea Morel (a) Johnny, Víctor Encarnación Montero, Lina Ercilia de la Cruz Vargas, Cristian Manuel Ramírez, Carlos Martín Montes de Oca, Paola Mercedes Molina Suazo, José Dolores Santa y Wacal Bernabé Méndez. Fase en que se encuentra El caso Anti pulpo sobrepasó la fase de investigación y la fase intermedia de la audiencia preliminar.
En estos momentos se encuentra en audiencia de fondo, fase de presentación de las pruebas. Excluidos por acuerdos con el Ministerio Público Ya fueron condenados Francisco Pagán y Julián Esteban Suriel Suazo a cinco años utilizando el procedimiento penal abreviado. A Domingo Antonio Santiago Muñoz se le validó un criterio de oportunidad aplicado por el Ministerio Público, por lo que quedó en libertad. A Lewyn Ariel Castillo Robles se le aplicó la suspensión condicional del proceso.
4 Tribunal apoderado del fondo Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, presidido por la magistrada Claribel Nivar e integrado por las magistradas Clara Castillo y Yissell Soto, quienes han fijado audiencias dos días de cada semana hasta que haya decisión sobre el mismo. Inicio de juicio de fondo 20 de junio de 2023 Desarrollo del caso Antipulpo en el trimestre octubre-diciembre del 2024. Las dilaciones han impedido que el caso avance con mayor fluidez.
Las dos últimas posposiciones ocurrieron, la primera debido a que uno de los abogados de un imputado renunció a seguir en el caso porque le salió su residencia en los Estados Unidos y tuvo que marcharse del país; la segunda a que otro de los abogados de los imputados presentó una excusa médica. La complejidad del caso, la multiplicidad de imputados, el volumen de pruebas y la imposibilidad de poder celebrar más de dos audiencias por semana, han dilatado la sentencia al fondo, que aún no tiene fecha que se pueda estimar en estos momentos.
En los meses de octubre hasta mediados de diciembre, el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, ha continuado conociendo el caso, en estos momentos en la fase de presentación de las pruebas por parte del Ministerio Público. En ese lapso se celebraron 13 audiencias los días 2, 7, 9, 14, 21, 23 de octubre, 5, 11, 20, 27, 28 de noviembre y 9 y 11 de diciembre, en las que el tribunal ha venido conociendo las pruebas aportadas por el Ministerio Público.
Algunas de estas audiencias han debido aplazarse por fallecimiento de parientes de algunos imputados o por condición médica. Los imputados que han deseado ejercer su derecho a la defensa material, lo han podido hacer, como el caso del señor Alexis Medina y R. Alcántara. 1.2 Resumen de los casos Coral y Coral 5 G.
Fecha de medidas de coerción Las medidas de coerción en este caso fueron impuestas el 15 de diciembre de 2021, por lo que cumplirá cuatro años en diciembre de 2025. Imputación Los imputados están acusados de estafar al Estado con más de 4,500 millones de pesos, a través de nombramientos irregulares, ventas de especialismos y otras anomalías en el Cuerpo de Seguridad 5 Presidencial (CUSEP) y en el Cuerpo Especializado de Seguridad Turística (CESTUR).
Tribunal apoderado de la fase preliminar Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, Jueza Yanibet Rivas. Imputados enviados a juicio Mayor general Adán Cáceres Silvestre, la pastora Rossy Guzmán, su hijo Tanner Antonio Guzmán, el coronel Rafael Núñez de Aza, el sargento de la Armada Alejandro José Montero Cruz, así como el mayor del Ejército Raúl Alejandro Girón Jiménez. Además, el General Juan Carlos Torres Robiou, exjefe del Cuerpo Especializado de Seguridad Turística (CESTUR), Julio Camilo de los Santos Viola y Boanerges Reyes Batista, del Ejército de República Dominicana.
El Capitán de navío Franklin Antonio Mata Flores, José Manuel Rosario Pirón, los coroneles Carlos Augusto Lantigua Cruz, Miguel Ventura Pichardo, el cabo Jehohanan Rodríguez Jiménez y Erasmo Roger Pérez Núñez. Al igual fueron enviadas 13 empresas al proceso de fondo. Fase en que se encuentra El 10 de julio de 2023 dictó auto de apertura a juicio de fondo a todos los imputados en el caso Coral y Coral 5G.
Excluidos por acuerdos con el ministerio publico Ninguno Tribunal apoderado del fondo Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional presidido por la magistrada Gissell Méndez, e integrado por las magistradas Yissell Naranjo y Tania Yunes. Inicio de juicio de fondo octubre del 2023. Fase en que se encuentra Presentación de pruebas por parte del Ministerio Público.
Desarrollo de los casos Coral y Coral 5G en el último trimestre del 2024. En el último trimestre del año 2024 el Primer Tribunal Colegiado del D.N., ha celebrado 13 audiencias los días 1, 8, 9, 15, 22, 29, 31 de octubre, 5, 12, 19, 22, 26 y 29 de noviembre.
6 El caso se desarrolla sin mayores inconvenientes dentro de los parámetros de un caso complejo, con multiplicidad de imputados, alto volumen de pruebas y la dificultad del tribunal de no poder dedicarse al caso a tiempo completo. 1.3 Resumen del Caso Medusa. Fecha de medidas de coerción Las medidas de coerción fueron dictadas el 14 de julio del 2021, por lo que el caso ya tiene 3 años y medio.
Imputación
El exprocurador general de la República, Jean Alain Rodríguez y otras 40 personas y 22 sociedades son imputadas de estafar al Estado por más de RD$6,000 millones de pesos. Tribunal apoderado de la fase preliminar Tercer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, presidido por el magistrado Amauri Martínez.
Fase en que se encuentra El 28 de junio del 2024 fueron enviados a juicio de fondo todos los imputados, con la única excepción de la señora Sara María Fernández, a favor de quien se dictó un auto de no ha lugar.
Imputados enviados a juicio Este 5 de agosto 2024 se entregó a los imputados la decisión, que tiene 11,692 páginas y que envía a juicio de fondo a Jean Alain Rodriguez, Jhonatan Joel Rodriguez Imbert, Alfredo Alexander Solano Augusto, Javier Alejandro Forteza Ibarra, Rafael Antonio Mercedes Marte, Miguel José Moya, Braulio Michael Batista Barias, Alejandro Martín Rosa Llanes, Ramón Lucrecio Burgos, Jhonatan Loander Medina Reyes, Isis Tapia, Félix Antonio Rosario Labrada, Francis Ramírez Moreno, Rolando Rafael Sebelén Torres, José Miguel Estrada Jackson, César Nicolás Rizik Pimentel y José Luis Liriano Adames.
Excluidos por acuerdos con el ministerio publico La mitad de las 41 personas físicas imputadas han llegado a acuerdos con el ministerio público. Tribunal apoderado del fondo Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional presidido por la magistrada Keila Perez Santana e integrado por los magistrados Elías Santini y Arisleida Méndez. Inicio de juicio de fondo La primera audiencia fue fijada para el 23 de septiembre de 2024.
7 Fase en que se encuentra La próxima audiencia está fijada para el 8 de enero de 2025, donde se espera que pueda iniciarse el conocimiento del caso. Desarrollo del Caso Medusa en el último trimestre del 2024. La primera audiencia para el conocimiento del fondo del caso fue fijada para el 23 de septiembre de 2024 y se aplazó porque el imputado J. M. Estrada Jackson se encontraba fuera del país. La siguiente audiencia fue fijada para el 1 de octubre, y fue aplazada para que el imputado Javier Forteza fuera asistido por un defensor público. La siguiente audiencia, el 10 de noviembre, fue aplazada por la muerte de un pariente de uno de los imputados.
La próxima audiencia está fijada para el 8 de enero de 2025, donde se espera que pueda iniciarse el conocimiento del caso. 1.4 Resumen del Caso Calamar. Fecha de medidas de coerción Las medidas de coerción se impusieron en abril de 2023, y la acusación fue presentada el 26 de abril de 2024. Imputación El caso Calamar involucra distracciones en perjuicio del Estado dominicano por más de RD$41,000 millones de pesos.
Tribunal apoderado de la fase preliminar Cuarto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, jueza Altagracia Ramírez. Imputados enviados a juicio Donald Guerrero, Ex ministro de Hacienda; Gonzalo Castillo, ex ministro de Agricultura y candidato Presidencial; José Ramón Peralta, ex ministro de la Presidencia; Daniel De Jesús Caamaño, ex Contralor General de la República; Marcial Reyes, Ramón David Hernández, Yahaira Brito, Luis Miguel Piccirilo, Claudio Silver, Ángel Lockward, Aldo Gerbasí, Alejandro Constanzo, Ana Linda Fernández de Paola, Emir Fernández de Paula, Julián Omar Fernández, Oscar Arturo Chalas, Rafael Parmenio Rodríguez y Agustín Mejía Ávila, Rafael Calderón Martínez, Manuel Miqui, Rosa Arias, Marino Enrique Cabrera, Cesar Miguel Santana, Mabel Mejía Cintrón, Hathaly Hernández, Natividad Martínez, Kimberly Zayas, Manuel Morilla 8 Soto, Manuel Morilla Gil, Princesa Alexandra García Medina, Roberto Moquete, y Daniel Guerrero. En total 46 personas físicas y 12 personas morales.
Fase en que se encuentra El caso se encuentra en la fase intermedia de audiencia preliminar, La primera audiencia fue celebrada el 17 de junio 2024 y fue aplazada para el 26 de agosto, fecha en la cual la magistrada apoderada fue recusada. La próxima audiencia está fijada para el 30 de septiembre del 2024.
Excluidos por acuerdos con el ministerio publico Fueron homologados los acuerdos por criterio de oportunidad de Fernando Crisóstomos, Ramón Emilio Jiménez, José Arturo Ureña, Belkiz Antonia Tejada, Natalia Cesarina Beltré Torres y la empresa Grupo Dibefe, S.R.L., Baldemar A. Ovalle Sánchez, Camilo Andrés Peña Hernández, quienes admitieron los hechos, se comprometieron a devolver activos en su poder y a colaborar con el ministerio público. Tribunal apoderado del fondo No ha llegado a fase de fondo Desarrollo del caso Calamar en el último trimestre del 2024. En siete ocasiones la jueza Altagracia Ramírez, del Cuarto Juzgado de la Instrucción, apoderada del caso, ha intentado iniciar la audiencia preliminar pero no ha podido.
En fecha 9 de diciembre el tribunal aceptó el retiro de once querellantes contra el imputado José Ramón Peralta, los cuales fueron William Humberto Mota de la Cruz, Johana Rosaly Mota Aponte, (sucesores de Cristiano Mota), Luis Julio Mota, Santiago Ubiera Mota, Gonzalo Ubiera Mota, Ana Cecilia Ubiera Mota, Jonathan Ubiera Mota, Yrene Ubiera de Mercedes, Edwin Javier Martínez Ubiera Mota, Cesar Javier Martínez Ubiera y Angel Javier Martínez Ubiera. Este retiro no afecta la acusación presentada por el ministerio público, por aplicación del artículo 30 del Código Procesal Penal, que dispone, bajo el título de “obligatoriedad de la Acción Pública”, lo siguiente: “El Ministerio Público debe perseguir de oficio todos los hechos punibles de que tenga conocimiento, siempre que existan suficientes elementos facticos para verificar su ocurrencia.”
En la última audiencia, el 9 de diciembre, hubo peticiones de reposición de plazos, que fue acogida por la jueza, quien fijó una nueva fecha para tratar de iniciar la audiencia preliminar, para el 13 de enero de 2025. 9 1.5 Resumen del Caso Camaleón. Fecha de medidas de coerción 5 de octubre del 2024 Imputación Trama para favorecer a la empresa Transcore Latam en una licitación pública por RD$1,317 millones de pesos para la modernización del sistema de semáforos del Gran Santo Domingo. Incluye delitos como el terrorismo, corrupción, desfalco, asociación de malhechores, robo de datos y sabotaje.
Tribunal apoderado de la fase preliminar Tribunal de Atención Permanente del Distrito Nacional, jueza Fátima Veloz. Imputados enviados a juicio Hugo Beras, ex director del INTRAN; José Gómez, Frank Díaz, Samuel Baquero, Juan Francisco Alvarez, Pedro Vinicio Padovani y Carlos José Peguero. Fase en que se encuentra La jueza de la instrucción Fátima Veloz impuso 18 meses de prisión preventiva a los imputados Beras, Gómez Canaán y Padovani; a Gregorio Vaquero prisión domiciliaria y a la demás garantía económica, impedimento de salida y presentación periódica.
Posteriormente la segunda sala penal de la corte de apelación del Distrito Nacional varió la prisión preventiva por garantía economía, presentación periódica e impedimento de salida. El caso se encuentra en la fase preparatoria, de investigación y debe esperarse a que el Ministerio Público produzca su acto conclusivo, archivando el expediente en caso de no tener mérito o presentando acusación, que es lo que se espera que haga partiendo de lo expuesto en su solicitud de medida de coerción. El caso Camaleón se incorpora a este observatorio.
Algunos elementos salieron a relucir, convirtiendo este caso en uno al que se debe prestar atención, entre los que figuran el monto de la licitación, ya mencionado, falsedad en los documentos aportados para la licitación, el uso no autorizado del nombre de una empresa internacional muy reputada, el uso incorrecto de los nombres de los organismos de inteligencia del Estado, amenazas de los abogados de paralizar el tráfico, desconexión de los semáforos provocando un caos en las calles del Distrito Nacional, listado de jueces y auxiliares en el vehículo del principal imputado. 10 Desarrollo del caso Camaleón en el último trimestre del 2024.
El caso agotó la fase de medidas de coerción, en la cual se celebraron 7 audiencias los días 5, 8, 9, 10 de octubre y en apelación los días 6, 11 y 12 de noviembre. Posteriormente la segunda sala penal de la corte de apelación del Distrito Nacional varió la prisión preventiva por garantía economía, presentación periódica e impedimento de salida. Resultó preocupante esta variación de medidas de coerción sobre uno de los imputados, al cual se le ocupó en su vehículo un listado de jueces y auxiliares de la justicia, sin que esa persona sea abogada, por lo que se presume pudo tratarse de espionaje sobre estos funcionarios judiciales, lo que pone en peligro las pruebas y justificarían una prisión preventiva.
El caso se encuentra en la fase preparatoria, de investigación y debe esperarse a que el Ministerio Público produzca su acto conclusivo, archivando el expediente en caso de no tener mérito o presentando acusación, que es lo que se espera que haga partiendo de lo expuesto en su solicitud de medida de coerción.
2. Riesgo de extinción de la acción pública por el vencimiento del plazo de duración máxima del proceso. El sistema de justicia debe mostrar en todos los casos los niveles de eficiencia necesarios para lograr sentencia de fondo dentro del plazo legal, condenando o absolviendo, de acuerdo a las pruebas presentadas.
En informes previos hemos expresado que el plazo de duración máxima del proceso, de cuatro años a partir de las medidas de coerción, no es un plazo matemático que se obtiene sumando los días, meses y años transcurridos desde la medida de coerción, sino que debe ser un plazo razonable, que tome en cuenta la conducta de jueces, fiscales, abogados e imputados, así como el nivel de ocupación de los jueces y cualquier factor que ralentice la justicia y obstaculice la conclusión del proceso, criterio que ha sido decidido y sentada jurisprudencia al respecto, tanto por la Suprema Corte de Justicia como por el Tribunal Constitucional.
Participación Ciudadana vuelve a traer este tema, pues se ha informado erróneamente que el Tribunal Constitucional ha cambiado su criterio al respecto a través de la sentencia TC-0740-24, cuando lo que ha hecho es confirmar su precedente al respecto. 11 Para evitar confusiones, citamos a continuación algunos párrafos de la sentencia antes señalada: “11.24. Respecto al plazo razonable, este colegiado plasmó en la Sentencia TC/0394/18, del once (11) de octubre del dos mil dieciocho (2018), haciendo acopio del precedente de la Corte Constitucional de Colombia que ha indicado, en su Sentencia núm. T-230/13, lo siguiente:
La jurisprudencia ha señalado que, atendiendo la realidad del país, en la gran mayoría de casos el incumplimiento de los términos procesales no es imputable al actuar de los funcionarios judiciales. Así, por ejemplo, existen procesos en los cuales su complejidad requiere de un mayor tiempo del establecido en las normas y en la Constitución para su estudio, para valorar pruebas o para analizar la normatividad existente. Por ello, la jurisprudencia ha destacado que cuando la tardanza no es imputable al actuar del juez o cuando existe una justificación que explique el retardo, no se entienden vulnerados los derechos al debido proceso y al acceso a la administración de justicia.
En este sentido, en la Sentencia T-803 de 2012, luego de hacer un extenso recuento jurisprudencial sobre la materia, esta Corporación concluyó que el incumplimiento de los términos se encuentra justificado (i) cuando es producto de la complejidad del asunto y dentro del proceso se demuestra la diligencia razonable del operador judicial;
(ii)cuando se constata que efectivamente existen problemas estructurales en la administración de justicia que generan un exceso de carga laboral o de congestión judicial; o (iii) cuando se acreditan otras circunstancias imprevisibles o ineludibles que impiden la resolución de la controversia en el plazo previsto en la ley. Por el contrario, en los términos de la misma providencia, se está ante un caso de dilación injustificada, cuando se acredita que el funcionario judicial no ha sido diligente y que su comportamiento es el resultado de una omisión en el cumplimiento de sus funciones.”
Como se aprecia en esta cita, sigue primando que el plazo de duración máxima de un proceso no es un plazo fijo que se calcula en forma matemática, sino que obedece al concepto de plazo razonable. Claro está que pesa sobre los operadores del sistema ser diligentes en el conocimiento de los casos y si no lo son, pudiera extinguirse la acción pública, pero recaerá sobre los responsables de la dilación la responsabilidad de lo ocurrido.
12 Si este precedente se cambiara para hacer del plazo máximo de duración de un proceso un plazo matemático, no cabe duda que se estaría favoreciendo la impunidad y todos los casos bajo este observatorio correrían el riesgo de extinguirse sin una decisión al fondo, sin importar las pruebas existentes. 16 de enero del 2025 Consejo Nacional