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Inicio Justicia

Poder Judicial actualiza su sistema de compensación salarial

Redacción Por Redacción
04 / 08 / 2026
SCJ

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Santo Domingo, D. N. El Consejo del Poder Judicial (CPJ) aprobó la actualización del Manual de Compensación y Beneficios, con el propósito de fortalecer el sistema de compensación salarial, adecuarlo a la evolución de las funciones judiciales y administrativas, y consolidar en un solo instrumento las reglas sobre salarios, beneficios y estructura ocupacional.

La medida revisa la estructura salarial vigente desde 2022, considerando el impacto del costo de vida y la evolución de las funciones desempeñadas por jueces, juezas y servidores(as) judiciales. Incorpora una indexación salarial acumulada del 30%, que se aplicará en dos etapas: un 20% a partir de julio de 2026 y un 10% adicional en enero de 2027, calculados sobre la misma referencia salarial correspondiente al año 2026.

También adecua la compensación de oficinistas, secretarios y secretarias de tribunales, así como de abogados y abogadas ayudantes de Primera Instancia y de Corte de Apelación, atendiendo a la complejidad, responsabilidad y especialización de sus funciones.

Para los oficinistas, se establece una clasificación diferenciada según el nivel de instancia. Asimismo, se reconoce la relevancia de los secretarios y secretarias en la organización de los despachos, la gestión de audiencias y el seguimiento de los trámites judiciales. Además, se dispuso evaluar, en un plazo de 60 días, las funciones de los abogados y abogadas ayudantes adscritos a las secretarías comunes, a fin de determinar los casos que pudieran requerir una adecuación de categoría.

La actualización simplifica las categorías Directivo I, Directivo II y Directivo III, reduciendo como salario único para cada categoría, equivalente al mínimo actualizado de la escala correspondiente, fortaleciendo la uniformidad, la transparencia y la proporcionalidad de la estructura salarial.

Como parte del ordenamiento integral del sistema, el Manual regula el tratamiento retributivo temporal aplicable a los jueces y juezas electos(as) como consejeros(as) del Consejo del Poder Judicial, dando continuidad a la revisión iniciada mediante el Acta núm. 010-2021. Esta regulación responde al principio de jerarquía salarial previsto en la Ley núm. 105-13 sobre Regulación Salarial del Estado dominicano y procura mantener una relación coherente entre las categorías directivas y las responsabilidades de gobierno, administración y disciplina asumidas por los integrantes del Consejo. No constituye un ascenso, no modifica la Carrera Judicial y se aplica exclusivamente durante el ejercicio de la función de consejero(a).

Se dejó constancia de que el presidente de la Suprema Corte de Justicia y del Consejo del Poder Judicial no será beneficiario de las condiciones remunerativas aprobadas mediante esta decisión, por mantener su decisión de no acogerse a beneficios económicos de aplicación general durante el ejercicio de sus funciones.

La implementación garantiza la protección de los derechos adquiridos. Ningún juez, jueza o servidor(a) judicial verá reducido su salario, será ubicado(a) en una categoría inferior ni perderá derechos como resultado de esta actualización.

Con esta medida, el Poder Judicial avanza hacia una política de compensación más clara, equitativa, ordenada y sostenible, en beneficio del fortalecimiento institucional y del servicio de justicia.


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