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Inicio Justicia

Un año de coerción para padre y abuelo de una adolescente a la que agredieron y violaron sexualmente en Jarabacoa

Redacción Por Redacción
07 / 02 / 2024
palacio justicia la vega

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El Ministerio Público obtuvo un año de prisión preventiva en contra del padre y el abuelo de una adolescente de 15 años de edad a la que agredieron y violaron sexualmente, y producto de lo cual la víctima se encuentra en estado de embarazo de su progenitor, en un hecho ocurrido en el municipio Jarabacoa.

Con base en las evidencias aportadas por el órgano persecutor, a través de la Unidad de Prevención y Persecución de la Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales de La Vega, la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de esta demarcación le impuso la medida privativa de libertad a los dos imputados, cuyos nombres se omiten para proteger la identidad e intimidad de la víctima.

Los imputados, tanto el padre de la víctima como el abuelo paterno, fueron arrestados mediante orden judicial por estar implicados en este caso de incesto, abuso psicológico y sexual y de violación a los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

El Ministerio Público estableció en la instancia con la solicitud de medidas de coerción, que, mientras la menor de edad se encontraba en una finca en Jarabacoa, donde residía con su padre, su madrastra y otros hermanos, su progenitor aprovechó un momento en que se encontraban solos para violarla sexualmente. Posteriormente, el hombre le dijo a la víctima “que no le contara a nadie lo sucedido, que sería un secreto entre ellos”.

Luego de ocurrir ese hecho el hombre continuó violando sexualmente de manera constante a su hija.

Con relación al caso, el Ministerio Público ha establecido en el proceso que cuando la víctima tenía 13 años de edad su padre se mudó con ella y su familia a otro lugar del mismo municipio, donde continuó perpetrando el horrendo hecho, aprovechando que su esposa se iba para la universidad por las noches y luego de enviar a sus otros dos hijos menores de edad a lugares cercanos.

Señala que la víctima quedó en estado de gestación aproximadamente en el mes de junio del año 2023 y que actualmente cursa un embarazo de 32.5 semanas.

Los hechos expuestos por el Ministerio Público en la instancia indican que el pasado 2 de enero el padre llevó a su hija al hospital a practicarse una prueba de embarazo porque su esposa se percató de que la víctima tenía el abdomen abultado y utilizaba ropas anchas para disimularlo.

Indica que, cuando le entregaron los resultados que arrojaron que la adolescente se encontraba en estado de gestación, su padre le aconsejó que dijera “que el embarazo era de una persona que ella había conocido por la red social Facebook y que se había escapado de la escuela para sostener relaciones sexuales con él”.

Luego el hombre le informó a su expareja y madre de la víctima que esta se encontraba embarazada de un joven desconocido, acordando que el imputado llevara a la menor de edad a la casa de su progenitora y una vez en el lugar los familiares de la joven se enteraron que fue violada sexualmente y que fue su padre quien la embarazó.

La solicitud de medida de coerción refiere que los hechos venían ocurriendo desde que la menor de edad tenía 10 años. Señala que a esa edad fue agredida sexualmente por su abuelo, quien en varias ocasiones llegó a tocarla en diferentes partes del cuerpo y lo cual continuó realizando hasta el pasado año.

Durante la audiencia para el conocimiento de la medida de coerción, la fiscal María Abreu demostró que los procesados tienen comprometida su responsabilidad penal en el caso y que existe el peligro de fuga, logrando que la jueza Adaías Sánchez impusiera en su contra la prisión preventiva, como medida de coerción, cuyo cumplimiento ordenó en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) El Pinito, de La Vega.

En un comunicado de prensa, la fiscal titular de La Vega, Aura Luz García Martínez, destacó la decisión del tribunal que impuso la medida de coerción privativa de libertad solicitada por el Ministerio Público, al resaltar que es la más conveniente en este caso para evitar que los imputados se sustraigan a la acción de la justicia y garantizar la integridad de la víctima.

El Ministerio Público ha calificado el hecho de manera provisional de violación a los artículos 332-1 y 332-2, del Código Penal Dominicano, modificado por la Ley 24-97, y los artículos 1, 12, 18 y 396, literales B y C, del Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03).


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