El Tribunal Constitucional (TC) rechazó el recurso de amparo presentado en contra de la sentencia emitida por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) y con ello reconoció al Estado dominicano su titularidad como propietario de los terrenos de Bahía de las Águilas.
El recurso de amparo fue presentado por decenas de personas y una empresa que se consideran propietarios de los terrenos que conforman Bahía de las Águilas, provincia de Pedernales.
En sus conclusiones, el Tribunal Constitucional declaró inadmisible el recurso de revisión constitucional e indicó que no contenía argumentos claros y precisos que indicaran los agravios que alegaban los recurrentes.
La sentencia de la Segunda Sala del TSA fue dictada el 17 de noviembre de 2021, mientras que la decisión del TC, de acuerdo al Ministerio Público, fue emitida el 12 de diciembre pasado.
“Desde el principio de este proceso, los recurrentes han buscado una indemnización y la paralización de labores de proyectos turísticos en Pedernales bajo el alegato de que eran parceleros del Instituto Agrario Dominicano y propietarios sobre los terrenos en Bahía de las Águilas”, dijo el comunicado.
Ante esta situación, el Ministerio Público, representado en el abogado del Estado, Gedeón Platón Bautista Liriano, ha defendido los derechos del Estado dominicano, como consecuencia de una litis sobre derechos registrados en nulidad de transferencia y deslinde de la parcela 215-A, ubicada en el distrito catastral 3 del municipio Enriquillo, provincia Pedernales, donde se ubica Bahía de las Águilas.
El TC acogió, en ese sentido, la solicitud del Ministerio Público, representado por el abogado del Estado, precisó un documento de la Procuraduría General de la República (PGR) difundido este domingo.
La primera sentencia favorable al Estado dictada en ese caso fue emitida por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el 28 de diciembre del año 2018.
El recurso de revisión constitucional fue interpuesto por Kenia Pérez Morillo, Rubén Matos Suárez, Guillermo Feliz Gómez, Juan Antonio Fernández Castillo, Alcadio Guevara Cuevas, Francisco José Tejada Cabral, Idelice Mercedes Vásquez Ortiz y Pedro Vinicio Galarza Sánchez.
Además, por Wilfrido Gómez Gómez, Esteban R. Ferreras Poche, Miguel Alexander Peña, Eddy Santana Pérez, Yovanka Indhira Torres Robles, Dahiana Elizabeth Corniell Pérez, Felipe Heredia Avelino y Ángel Ovidio Estepan Ramírez.
También, por Carlos Darinil Corniell Pérez, Yoarky Lisset Recio Samboy, Erfi E. Pérez Moreta, Margarita Guzmán Jiménez, Evangelio Cruz Rivas, Silvio Milagros Pérez Moreta, Antonio Eladio Díaz Cisnero, Américo Solano Espinal, Juan Antonio Fernández Castillo, Berkis Mercedes Luna Portes, Silvio Manuel Pérez de los Santos y Bienvenido Matos Batista y por la razón social Abastecimientos Comerciales, precisó la información.
El recurso interpuesto por ellos de presuntos agravios fue en contra del Instituto Agrario Dominicano (IAD), de la Presidencia de la República, de la Cámara de Diputados, la Oficina del Abogado del Estado ante la Jurisdicción Inmobiliaria, de la Procuraduría General de la República, la Dirección General de Bienes Nacionales y los abogados particulares del Estado Manuel Cáceres Genao, Blas Minaya Nolasco, Samuel Ramia Sánchez y Gustavo A. Biaggi Pumarol.
Además del Registro de Títulos de Barahona (Jurisdicción Inmobiliaria), de la Fiduciaria Reservas y de la Dirección General de Alianzas Público Privadas (DGAPP).