El Pleno del Tribunal Constitucional (TC), presidido por su presidente, magistrado Napoleón R. Estévez Lavandier, conoció 17 expedientes de acción directa de inconstitucionalidad durante una audiencia pública celebrada en la sede de esta alta corte.
Los jueces del TC dejaron pendiente de fallo el expediente TC-01-2025-0020, interpuesto por la Asociación Dominicana de Protección de Datos (ADPD), en contra del artículo 56, literal A, de la Ley 183-02 Monetaria y Financiera, del 3 de diciembre de 2002, así como el expediente TC-01-2025-0037, cuyo accionante, Wilkin Antonio Moreno Abreu, ataca la Ley núm. 45-25, que dispone la fusión del Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo y deroga la Ley núm. 496-06, que crea la Secretaría de Estado de Economía, Planificación y Desarrollo, del 28 de diciembre de 2006.
En el mismo estatus quedó el expediente TC-01-2025-0038, que tuvo como accionantes a la Fundación para la Promoción de Estudios Legales, INC. (FUNPREL), y al señor Manuel Alejandro Bordas Nina, atacando el artículo 310 de la Ley Orgánica 74-25, que instituye el Código Penal de la República Dominicana, del 3 de agosto de 2025, y el TC-01-2025-004, en el que Yoelkis Berenice Pacheco Salazar ataca los artículos 120, 123, 127 y 129 del Código Civil de la República Dominicana.
También los expedientes TC-01-2025-0047, interpuesto por la Fundación para la Promoción de Estudios Legales, INC. (FUNPREL), contra el artículo 305 de la Ley Orgánica 74-25, de 3 de agosto de 2025, que instituye el Código Penal de la República Dominicana y TC-01-2025-0049, que tuvo como accionante al señor Milciades Mayobanex Pepín Miranda, quien refutó los artículos 47, 48, 49, 124, 136, 185, 278, 299, 303, 304, 310, 351 y 352 de la Ley Orgánica 74-25, que instituye el Código Penal de la República Dominicana, del 3 de agosto de 2025.
Otro expediente que quedó en estado de fallo fue el TC-01-2025-0051, cuyos accionantes, RIR Ingeniería, S.R.L., Inversiones CORMAC, S. R. L. y Élite ingeniería EI, S. R. L., atacan los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 8, 10 y 12 de la Ley 6-86, del 4 de marzo de mil 1986, que establece la especialización del 1 % sobre el valor de todas las obras construidas en el territorio nacional, incluyendo las del Estado, para la creación de un fondo común de servicios sociales, pensiones y jubilaciones a los trabajadores sindicalizados del área de construcción y todas sus ramas afines.
En el mismo estado quedó el expediente TC-01-2025-0032, presentado por Fernando Antonio Guzmán Castro contra el numeral 5 del artículo segundo de la Ordenanza 2/25, emitida por la Junta de Vocales del Distrito Municipal Santiago Oeste, el 25 de marzo de 2025. Asimismo, el TC-01-2025-0033, interpuesto por Fernando Antonio Guzmán Castro, en contra de los capítulos II y XI de la Resolución 014-2018, emitida por el Concejo de Regidores del Ayuntamiento Municipal de Jarabacoa, el 4 de abril de 2018.
El expediente TC-01-2025-0036, presentado por Luis Alberto Rosario Ventura, atacando el Decreto 162-25, que dispone la constitución del Fideicomiso Público para la Gestión del Teleférico de Puerto Plata, del 31 de marzo de 2025, también quedó en estado de fallo.
De igual forma, el expediente TC-01-2025-0039, en el que el accionante, Luis Manuel Vílchez Bournigal, ataca la resolución CNS-01-2025, sobre salario mínimo nacional para los trabajadores del sector privado no sectorizado, emitida por el Comité Nacional de Salarios, el 26 de febrero de 2025. En este caso, la parte accionante solicitó un plazo para conocer las conclusiones de la contraparte, el cual fue rechazado.
Durante la audiencia, los jueces de esta alta corte conocieron también el expediente TC-01-2025-0040, interpuesto por MUSVAR, S. R. L., y el señor Mitchell Yamil Musa Banks, quienes atacan el artículo 47, literal B, del Decreto 816-03, que establece el Reglamento de Clasificación y Normas para Restaurantes, del 20 de agosto de 2003. Luego de una solicitud, tanto la Procuraduría General de la República como la parte accionada recibieron un plazo de cinco días para hacer réplicas al último escrito depositado por la parte accionante y se informó que, vencido ese tiempo, el caso queda en estado de fallo.
En esta audiencia, los jueces también conocieron y dejaron en estado de fallo el expediente TC-01-2025-0042, en el que Alejandro Alberto Paulino Vallejo ataca el artículo 1 de la Resolución 21-2025, del 25 de abril de 2025, que dispone el uso de medios digitales en los tribunales de orden civil, penal, contencioso administrativo y tributario, ubicados en el Edificio de las Cortes de Apelación del Distrito Nacional, debido a riesgos para la seguridad de jueces, servidores judiciales y usuarios. Lo mismo ocurrió con el expediente TC-01-2025-0043, cuyo accionante, Héctor Manuel Romero Pérez, ataca los artículos 39, 45, 46, 47, 50, 54.1, 55, 56, 66, 84, 89, 92 y 108 del Reglamento Disciplinario del Ministerio Público.
Asimismo, se conoció el expediente TC-01-2025-0044, interpuesto por Luis Manuel Vílchez Bournigal, en contra de la Resolución CNS-02-2025, sobre salario mínimo para las trabajadoras y los trabajadores domésticos, emitida por el Comité Nacional de Salarios, el 8 de abril de 2025. En este caso fue declarado «no ha lugar» el plazo solicitado por el accionante, en razón de que el expediente fue completado dentro de los plazos correspondientes. El TC se reservó el fallo del mismo.
Finalmente, fueron declarados en estado de fallo los expedientes TC-01-2025-0045, presentado por José Ernesto Melo Guerrero, atacando la Ordenanza 04-2024, emitida por el Concejo de Regidores de San Francisco de Macorís el primero de noviembre de 2024, y el TC-01-2025-0050, interpuesto por Víctor Eddy Mateo Vásquez, contra el Decreto 308-06, del 24 de julio de 2006, que prohíbe el expendio de bebidas alcohólicas en colmados, discotecas, bares, casinos y centros de diversión, a partir de las doce de la noche de domingos a jueves y a partir de las dos de la madrugada los sábados y domingos.
En la audiencia pública estuvieron presentes, además del magistrado Estévez Lavandier, los magistrados Miguel Aníbal Valera Montero, primer sustituto del presidente; Eunisis Vásquez Acosta, segunda sustituta; Domingo Gil, Fidias F. Aristy Payano, Sonia Díaz Inoa, Alba Luisa Beard Marcos, José Alejandro Ayuso, María del Carmen Santana de Cabrera, Manuel Ulises Bonnelly Vega y Amaury A. Reyes Torres.




