Dom, 28 de diciembre del 2025
Hechos.com.do
  • NACIONALES
  • DEPORTES
    • BÉISBOL
    • BALONCESTO
    • VOLEIBOL
    • FÚTBOL
    • TENIS
    • BOXEO
    • ATLETISMO
  • ECONOMÍA
    • TURISMO
    • COMBUSTIBLES Y ENERGÍA
    • FINANZAS Y COMERCIO
    • AGROPECUARIA
    • EMPRESAS
  • POLÍTICA
  • SALUD
  • JUSTICIA
  • INTERNACIONALES
  • OPINIÓN
  • TECNOLOGÍA
  • ARTE Y VARIEDAD
    • MÚSICA
    • CINE
    • FARANDULA
    • MODA
Sin Resultados
Ver Todos los Resultados
Hechos.com.do
Sin Resultados
Ver Todos los Resultados
Inicio Justicia

Suprema Corte de Justicia modifica Reglamento Juez de Ejecución de la Pena

Redacción Por Redacción
12 / 08 / 2025
scj

ARTICULOSRELACIONADOS

Condena de 30 años para hombre que asesinó a otro de varias puñaladas en los Tres Brazos

Dictan 30 años de prisión para dos hombres por asesinato de primer teniente de la PN

RD decomisa 48 toneladas de drogas en 2025 y consolida liderazgo regional contra narcotráfico

Condenan a 20 años al hombre que atropelló y mató a un mayor de la Fuerza Aérea

Policía Nacional informa avanza de forma significativa investigación por muerte de joven de 19 años en Los Guandules

Santo Domingo.-El pleno de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) aprobó la modificación del Reglamento del Juez de la Ejecución de la Pena, iniciativa que tiene como finalidad fortalecer el marco normativo que organiza y regula las atribuciones del juez de ejecución, sus funciones y los principales procedimientos aplicables a esta etapa, conforme a lo establecido en el Código Procesal Penal.

Las modificaciones introducidas buscan promover la aplicación objetiva y coherente de los principios y demás preceptos normativos que rigen la ejecución penal, especialmente en lo relativo a la emisión de las órdenes de libertad, garantizando así la seguridad jurídica y la dignidad de las personas privadas de libertad, al permitir que estas puedan obtener su libertad en la fecha correspondiente al cumplimiento de su condena.

Una de las principales novedades del reglamento es la inclusión de una regla excepcional que permite al juez de la ejecución autorizar la libertad de una persona condenada, aun cuando esta haya recurrido su sentencia, siempre que se trate del único impugnador y se haya cumplido el tiempo de condena.

Esta disposición, basada en el principio de favorabilidad y en armonía con lo establecido en el Código Procesal Penal, permite al privado de libertad acceder a su liberación sin necesidad de desistir previamente del recurso, así como a los beneficios penitenciarios correspondientes. Con ello se busca evitar que formalismos procesales obstaculicen el ejercicio efectivo de derechos fundamentales durante la etapa de ejecución de la pena.

También se introduce un plazo de 15 días para la remisión anticipada de la orden de libertad, indicando de forma precisa la fecha en que esta debe ejecutarse y se fija un plazo de 24 horas para que el centro de privación de libertad informe al juez sobre la ejecución efectiva de dicha orden.

En el ámbito jurisdiccional se destacan la facultad oficiosa de apoderamiento del juez de ejecución, la posibilidad de la participación de la víctima en el conocimiento de incidentes, y se establece la obligación de notificación a la víctima en casos de violencia de género o violencia intrafamiliar el otorgamiento de un permiso de salida a la persona condenada, momentos antes de su ejecución. Además del establecimiento de Parámetros más objetivos para la conversión de multa.

A nivel estructural, el texto incorpora mejoras en su formulación de objetivos y ámbito de aplicación, además de incluir un capítulo de principios y nuevas definiciones, tales como “incidente”, “salario mínimo nacional”, “medio libre” y “permiso de salida” como medida durante el período de prueba, entre otras.
El reglamento está en consonancia con el eje Cero Mora, para un servicio oportuno y eficiente, así como con el Programa de Optimización del Proceso Penal, con el objetivo de reducir los tiempos de los trámites internos para el conocimiento del proceso y descongestionar los tribunales penales.

Se destaca que el proyecto fue sometido a un proceso de consulta pública antes de su aprobación definitiva por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia, en aras de garantizar transparencia, participación institucional y legitimidad en su implementación.

Para acceder al Reglamento, diríjase al siguiente enlace:

https://transparencia.poderjudicial.gob.do/documentos/PDF/resoluciones_pj/RPJ_res30_2025.pdf


COMPARTIR CONTENIDO

Publicación Anterior

Pentágono estudia crear fuerza para responder a disturbios internos en EE.UU

Publicación Siguiente

DNCD frustra envío de 30 paquetes presumiblemente cocaína a Alemania

TE RECOMENDAMOSLEER

diputado

Estudio revela aplicación método D’Hondt vs mayoría simple reflejan resultados similares en asignación de escaños

27 de junio del 2024
metroooo

Anuncian horario especial del Metro y Teleférico durante fiestas navideñas

22 de diciembre del 2023
dajabon

Turismo en Cada Rincón se dejará sentir en la provincia de Dajabón

28 de julio del 2025
Ambulancia del INACIFjpg

Inacif y el INPF completarán autopsias de víctimas del Jet Set

11 de abril del 2025
hechos website footer logo

Medio de comunicación con más de 10 años en línea cubriendo todo el acontecer noticioso que se da cita en República Dominicana.

Síguenos en nuestras redes sociales:

  • Quiénes Somos
  • Privacidad
  • Términos de uso
  • Contactos

© 2023 | Todos los derechos reservados

Sin Resultados
Ver Todos los Resultados
  • NACIONALES
  • DEPORTES
    • BÉISBOL
    • BALONCESTO
    • VOLEIBOL
    • FÚTBOL
    • TENIS
    • BOXEO
    • ATLETISMO
  • ECONOMÍA
    • TURISMO
    • COMBUSTIBLES Y ENERGÍA
    • FINANZAS Y COMERCIO
    • AGROPECUARIA
    • EMPRESAS
  • POLÍTICA
  • SALUD
  • JUSTICIA
  • INTERNACIONALES
  • OPINIÓN
  • TECNOLOGÍA
  • ARTE Y VARIEDAD
    • MÚSICA
    • CINE
    • FARANDULA
    • MODA

© 2023 | Todos los derechos reservados