El Ministerio Público solicitó a las juezas del Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional la imposición de una condena de 30 años de prisión contra cuatro miembros de la Policía y tres civiles a los que acusa de provocar la muerte a David de los Santos Correa a causa de la salvaje golpiza que recibió en el destacamento del ensanche Naco, de la capital, la noche del 27 de abril del 2022, tras su apresamiento en la plaza Ágora Mall.
La solicitud de condena de 30 años de prisión es contra los imputados, (civiles) Santiago Mateo Victoriano, Michael Pérez Ramos y Jean Carlos Martínez Peña, así como contra los policías, el capitán Domingo Alberto Rodríguez, el segundo teniente Germán García de la Cruz, el cabo Alfonso Decena Hernández y el raso Sari Manuel González García, estableciendo que, aunque no golpearon al fallecido, se le condene a la pena máxima en calidad de coautores.
En el caso de los civiles, los fiscales los acusa, además de homicidio, del crimen de tortura y barbarie y solicitaron se les imponga la pena de 30 años, calificando su conducta como una franca violación a los artículos 295 y 303-4, numerales 2 y 9, y el articulo 304 del Código Penal, por provocar golpes y heridas que ocasionaron un homicidio.
El artículo 303-4 del Código Penal Dominicano señala que: “Se castigan con la pena de treinta años de reclusión mayor las torturas o actos de barbarie cometidos por varias personas actuando en calidad de autor o de cómplice contra una persona, cuya particular vulnerabilidad, debido a su edad, a una enfermedad, a una invalidez, a una deficiencia o discapacidad física o psíquica, o a un estado de gravidez, es aparente o conocido su autor….”
En el caso de los policías imputados, el órgano acusador afirma que, con sus acciones, los cuatro policías violaron los artículos 186,198, 295, 303-4 y 341 del Código Penal Dominicano, que penalizan el permitir abusos contra una persona detenida y complicidad en la comisión de un homicidio, la barbarie, así como la violación al artículo 153 de la Ley (590) Orgánica de la Policía Nacional.
Son faltas muy graves:
El artículo 153 de la Ley 590, castiga el incumplimiento del deber de fidelidad a la Constitución en el ejercicio de las funciones, como lo es la práctica de tratos inhumanos, degradantes, discriminatorios o vejatorios a los ciudadanos que se encuentren bajo custodia policial, como ocurrió con el detenido y hoy fallecido David de los Santos Correa.
En tanto que para los miembros de la seguridad de la plaza comercial Agora Mall, Ambriori Montero Otaño, Álvaro David Beltrán Pérez, Yubaris Méndez Ferreras y Juan Reyes de la Cruz, la Fiscalía del Distrito Nacional solicitó al tribunal una pena menor de dos años de prisión, por haber incurrido en el arresto ilegal del joven David de los Santos, en violación al artículo 341 del Código Penal Dominicano.
Dicho artículo establece que: “Son reos de encierros y detenciones ilegales, y como tales, sujetos a la pena de reclusión menor, los que sin orden de autoridad constituida y fuera de los casos que la ley permite que se aprehenda a los inculpados, arrestaren, detuvieren o encerraren a una o más personas; los que proporcionaren el lugar para que se efectúe la detención o el encierro; los que de cualquier modo ayudaren a llevar a cabo la detención o el encierro”.
En sus conclusiones finales donde solicita la imposición de las condenas contra los 11 imputados, las fiscales litigantes Magalys Sánchez, María Silvestre y Mariela Ramos concluyeron en que el sistema le falló a David de los Santos, pero que ese fallo se revertirá imponiendo penas ejemplares a los autores de ese horrendo crimen.
“Si esos policías hubieron actuado correctamente en el presente caso, nosotros no estaríamos hoy aquí. El sistema le falló a David de los Santos…..Ahí hubo menosprecio a la dignidad humana y de igual modo, los autores de ese crimen actuaron como monstruos y con sus acciones, comprometieron su responsabilidad penal”, dijo en su discurso de clausura la magistrada fiscal María Silvestre.
Los procesados
La Fiscalía del Distrito Nacional acusa de los delitos de homicidio, tortura y barbarie, asociación de malhechores a los civiles Santiago Mateo Victoriano, Michael Pérez Ramos y Jean Carlos Martínez Peña, y a los agentes, capitán Domingo Alberto Rodríguez, al segundo teniente Germán García de la Cruz, al cabo Alfonso Decena Hernández y al raso Sari Manuel González García.
También figuran como imputados los señores Ambriori Montero Otaño, Álvaro David Beltrán Pérez, Yubaris Méndez Ferreras y Juan Reyes de la Cruz, miembros de la seguridad privada de la plaza Ágora Mall, quienes, de ser encontrados culpables, enfrentarían condenas de entre los 30 y 20 años.
El caso
El joven de 24 años de edad y residente en Los Alcarrizos, falleció el 1 de mayo del 2022, en el Hospital Doctor Darío Contreras, luego ser conducido de urgencia desde el destacamento policial del sector Naco, donde estuvo detenido desde las 9:00 de la noche del 27 de abril por los agentes policiales que lo recibieron por parte de la seguridad privada del centro comercial que lo retuvo luego de protagonizar un incidente con una empleada de una tienda del centro comercial.
En una audiencia anterior, celebrada el 24 de mayo pasado, las juezas decidieron varios incidentes, entre ellos el de acoger la solicitud del actor civil de incluir como terceros civilmente demandados a la empresa Parcos S.A, la cual opera bajo el nombre comercial Senses Sunglasses And Accesories y a dos de las empleadas de la tienda de perfumes donde el hoy occiso sostuvo un intercambio de palabras con una de ellas previo a ser apresado.
Las empleadas civilmente demandadas son Pamela Leticia Vásquez Cruce y Yesenia Altagracia Mejía Santos.