El magistrado juez presidente de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en sus atribuciones de juez de los referimientos, rechazó la demanda incoada por ante esa jurisdicción por los jugadores Enmanuel Clase y Luis Ortiz, por la que pretendían que se suspendiera la decisión del presidente de la Liga de Béisbol Profesional de la República Dominicana, Inc. (LIDOM) que objetó la inscripción de los demandantes para participar con el equipo Estrellas Orientales en el actual Torneo Otoño-Invernal 2025-2026, pretendiendo, además, que el magistrado apoderado ordenara a la Liga y a su presidente la inscripción inmediata de los jugadores demandantes en el roster de su equipo, Estrellas Orientales.
La demanda perseguía, además, la fijación en contra de LIDOM y de su presidente de una astreinte conminatoria de cien mil pesos dominicanos diarios por cada día de retardo en inscribir los referidos jugadores.
Entre otros fundamentos, el magistrado apoderado sustentó su decisión en lo dispuesto por el artículo 56 del Reglamento Vigente para el Torneo 2025-2026 de LIDOM, que dispone que:
“El Presidente de la Liga queda ampliamente facultado para decidir sobre cualquier asunto no previsto en este reglamento o no atribuido por los estatutos sociales o por otro reglamento a otro funcionario u organismo de la Liga, en cuyo caso cualquier decisión del presidente tendrá carácter provisional hasta tanto sea refrendada o revocada por la Junta de Directores”.
La decisión judicial sobre este asunto está contenida en la ordenanza civil No. 504-2025-SORD-2378.
LIDOM confía en que la misma suerte procesal habrán de correr las otras instancias judiciales incoadas contra la Liga y su presidente por los jugadores Clase y Ortiz.




