El delegado político del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Sigmund Freund, solicitó a la Junta Central Electoral (JCE) sancionar con doscientos salarios mínimos al partido la Fuerza del Pueblo por violar la Ley Orgánica de Régimen Electoral, al publicar este jueves 16 de mayo una encuesta en espacio pagado.
«Se trata de la última encuesta realizada por el consultor Dick Morris, siendo esta publicación una clara violación a las reglas establecidas en el Art. 216 de la Ley Electoral, a tres días para la celebración de los comicios», indica el PRM en nota de prensa.
Una comisión integrada por la vicepresidenta del PRM, Milagros Ortiz Bosch; el representante del candidato presidencial Luis Abinader, Manuel Conde; los delegados técnico y suplente Robert Arias y Dionisio De los Santos, respectivamente, llevó la denuncia a la JCE.
El partido oficialista recordó que el artículo 216 de la ley establece que durante los ocho días anteriores al de la votación, queda prohibida la publicación y difusión de sondeos o encuestas electorales.
«Solicitamos que se inicie los procedimientos sancionadores establecidos y se condene al Partido Fuerza del Pueblo al pago correspondiente establecido en el Art.308: La sanción administrativa máxima de doscientos (200) salarios mínimos, por las violaciones a la Ley num. 20-23», indica el documento.
Según el PRM, el señalamiento realizado en la encuesta mencionada es considerado como un intento de incitación destinado a movilizar a la población a favor de su partido. Esta acción ha sido descrita como una práctica desleal que contraviene principios constitucionales, como el derecho al voto libre de cualquier forma de coerción, incitación o condicionamiento. Esto se evidencia en los siguientes lemas utilizados en comunicados públicos:
- En las cuentas de redes sociales Instagram y Facebook: «El mejor camino para vencer a Abinader».
- «El 19 de mayo, votar por la esperanza es fácil».
- «La Fuerza del Pueblo y la esperanza con Leonel Presidente».
También indica que se podrán publicar todas las encuestas realizadas cumpliendo con los estándares generalmente aceptados sobre la materia, y que las firmas encuestadoras debidamente certificadas, podrán realizar encuestas o sondeos a boca de urna, siempre que las mismas sean depositadas en la Junta Central Electoral en sobres cerrados y sellados o lacrados, y hayan cumplido con los requisitos exigidos. Los resultados no podrán ser divulgados hasta tres horas después del cierre de las votaciones.