Un informe colgado este lunes en la página web del Departamento de Estado de los Estados Unidos criticó enérgicamente que en la República Dominicana haya un concordato con la Santa Sede que designa al catolicismo como religión oficial del Estado cuando en el país la Constitución garantiza la libertad de religión y de creencia.
El informe indica que el Estado dominicano concede privilegios especiales a la Iglesia Católica, mismos que no se conceden a otros grupos religiosos, como la financiación de los gastos eclesiásticos, incluidos los de administración y construcción, excepciones en materias de visados y exenciones de derechos de aduana para los funcionarios de esa religión.
El informe detalla que los miembros de grupos no católicos han expresado su preocupación por la preferencia del Gobierno dominicano por la Iglesia Católica, la falta de protección legal explícita para las demás iglesias, y el tratamiento de las mismas como Organizaciones No Gubernamentales (ONG).
Según los observadores religiosos, ni el Gobierno dominicano ni el Congreso han tomado medidas significativas para modificar el marco legal existente en esta materia.
Los miembros de grupos no católicos destacaron el crecimiento de las iglesias y sus contribuciones al país para apoyar su petición de una mayor igualdad de acceso, beneficios y reconocimiento por parte del gobierno.
El Departamento de Estado también criticó que las fiestas reconocidas a nivel nacional, conocidas como Día de Fiestas, también incluyen días que tradicionalmente solo pertenecen a celebraciones de la Iglesia Católica.
Privilegios que el Concordato da a la Iglesia Católica
El concordato firmado en 1954 con la Santa Sede durante la dictadura de Rafael Trujillo, designa al catolicismo como religión oficial del Estado y concede privilegios especiales a la Iglesia Católica que no se conceden a otros grupos religiosos.
Entre ellos figuran la protección especial del Estado en el ejercicio del ministerio católico, la exención del clero católico del servicio militar, el permiso para impartir enseñanza católica en orfanatos públicos, la financiación pública de algunos gastos eclesiásticos y la exención de derechos de aduana.
Para solicitar la exención de derechos de aduana, los grupos no católicos deben registrarse primero como ONG en la Fiscalía General y el Ministerio de Hacienda.
El registro en la Fiscalía General consta de dos pasos. El grupo debe aportar documentación que acredite una dirección fija y los nombres de siete cargos electos, tener un mínimo de 25 miembros y pagar una cuota nominal.
La agrupación también debe redactar y presentar estatutos y facilitar copias de los documentos de identidad expedidos por el gobierno para la junta directiva. Tras registrarse, las agrupaciones religiosas solicitan la exención de derechos de aduana al Ministerio de Hacienda, que no siempre se la concede.