Los jueces del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenaron a 20 años de prisión a Edwin Ramírez (el Pollo), acusado por el Ministerio Público junto a otros cuatro hombres que se encuentran prófugos, de matar a balazos a Jeison Omar Taveras Álvarez, en un hecho ocurrido a principios de diciembre del 2021, en el sector 27 de Febrero, del Distrito Nacional.
El tribunal, integrado por las magistradas Claribel Nivar, presidenta, Gissell Soto Peña y Clara Sobeida Castillo, adoptó la decisión luego de acoger en todas sus partes las pruebas documentales, periciales y testimoniales presentadas por la fiscal litigante Cinthia Bonetti con las que demostró la responsabilidad penal del procesado en los hechos puestos a su cargo.
Según el expediente instrumentado por la Fiscalía del Distrito Nacional, el trágico hecho se registró alrededor de las 2:00 de la tarde del 7 de diciembre del año 2021, en momentos en que la víctima caminaba por la calle Santa Rita del sector 27 de Febrero, en el Distrito Nacional, donde se presentó el acusado Edwin Ramírez a bordo de un vehículo junto a unos tales Melo, Boku, Carlos Marihuana y Nahomi armados de pistolas.
Añade el documento que, según el testimonio de varios vecinos que presenciaron el hecho, los agresores -todos conocidos en el barrio- se desmontaron del vehículo, excepto el tal Nahomi, quien fungía de conductor, y se acercaron a Jeison Omar Taveras y de inmediato le hicieron múltiples disparos en distintas partes del cuerpo que le provocaron la muerte y luego abordaron el vehículo y huyeron del lugar a toda prisa.
El informe de autopsia emitido por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) concluyó en que el cadáver de Jeison Omar Taveras, de 28 años de edad, presentaba siete heridas de proyectiles de arma de fuego, con entradas y salidas en el hombro izquierdo, cuello y pecho, que causaron una muerte violenta calificada de homicidio.
La Fiscalía del Distrito Nacional otorgó al presente caso la calificación jurídica de “Homicidio voluntario, asociación de malhechores y violación a la ley de armas”, delitos previstos y sancionados por los artículos 265, 266, 295 y 304, párrafo 2, del Código Penal Dominicano, así como los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.
Según dispusieron los jueces en su sentencia, el condenado Edwin Ramírez cumplirá la pena en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres, ubicado en la provincia de San Cristóbal, donde actualmente se encuentra recluido.