Los exministros Donald Guerrero y José Ramón Peralta, imputados en el supuesto entramado de corrupción destapado en la operación Calamar, deberán permanecer bajo prisión preventiva, por decisión de los jueces Ysis Muñiz, Luis Jiménez y Rosalba Garib, de la Segunda Segunda Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional.
La medida de coerción dictada contra los exministros de Hacienda y Administrativo de la Presidencia se mantendrá en 18 meses de prisión preventiva, a ser cumplidos en el Centro Correccional Najayo Hombres en San Cristóbal.
Los jueces iniciaron la audiencia pasadas las 3:00 de la tarde del jueves, solo con la presencia de las partes, y, pasadas las 3:00 de la madrugada del viernes 2 de junio, decidió mantener en prisión preventiva a los imputados, tras rechazar los recursos de apelación interpuestos por sus respectivas defensas para que se le variara la prisión preventiva que le fue impuesta por su vinculación la red de corrupción administrativa.
El procurador adjunto Wilson Camacho, titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), destacó la decisión del alto tribunal, que decidió acoger la solicitud del Ministerio Público.
“Ahora cuatro jueces se han referido a esta medida de coerción y han entendido necesaria la imposición de la medida de coerción. Con esto, esta sala de la corte manda el mensaje de que la prisión preventiva no debe ser reservada solo para las personas pobres, sino, que personas de esta naturaleza, envueltas en casos de la gravedad que implica la Operación Calamar, deben tener como medida de coerción la prisión preventiva para asegurar la realización del proceso y que no se vaya a seguir afectando la investigación como en el caso, que demostramos, que esta investigación fue infiltrada por parte de los imputados”, sostuvo el titular de la Pepca.
El tribunal de alzada acogió la petición del Ministerio Público, representado por los titulares de la Dirección General de Persecución del Ministerio Público y la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), procuradores adjuntos Yeni Berenice Reynoso y Wilson Camacho, y los fiscales Rosa Alba García, Elvira Rodríguez, Miguel Collado y Melbin Romero.
Los exministros Donald Guerrero y José Ramón Peralta, principales imputados de la Operación Calamar, cumplen 18 meses de prisión preventiva en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Najayo Hombres, en San Cristóbal, la cual le fue impuesta por la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional el pasado mes de abril por su vinculación a la red de corrupción administrativa.
El pasado 17 de mayo el tribunal aplazó la audiencia para ayer jueves porque en la corte de apelación notificaron los recursos con poco tiempo de la misma.
El expediente de la Operación Calamar posee más de tres mil páginas y más de 1,200 elementos de pruebas, las cuales detallan cómo los miembros de esta red sustrajeron más de 17 mil millones de pesos al Estado, los cuales, sumados a unos 2,100 millones en deuda administrativas, totalizan más de 19 mil millones.
De los 20 señalados en el expediente presentado por el Ministerio Público, los imputados Ángel Lockward, Alejandro Constanzo, Roberto Santiago Moquete, Marcial Reyes, Ana Linda Fernández, Emir Fernández de Paola, Oscar Chalas Guerrero, Rafael Parmenio Rodríguez, Agustín Mejía Ávila y Víctor Matías Encarnación, admitieron su participación en esta estructura de corrupción desarticulada en la Operación Calamar.
Junto a los imputados antes mencionados, en el expediente también figuran el exministro de Obras Públicas, Gonzalo Castillo; el ex contralor general de la República, Daniel Omar Caamaño; el exdirector del Consejo Estatal del Azúcar (CEA), Luis Miguel Piccirilo; el exdirector de Catastro Nacional, Claudio Silver Peña, y los exdirectores de Casinos y Juego de Azar, Oscar Chalas Guerrero y Julián Omar Fernández.
También, Yahaira Brito Encarnación, Aldo Antonio Gerbasi y Ramón David Hernández.
La imputación preliminar del Ministerio Público en contra de los procesados incluye conductas tipificadas en el artículo 146 de la Constitución de la República, así como los artículos 123, 166, 171, 172, 174, 175, 177, 265, 266, y 405 del Código Penal.
También, violaciones a las leyes 448-06 y 311-14, además de la Ley 155-17, contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, y la Ley 33-18, sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.