Jue, 25 de junio del 2026
Hechos.com.do
  • NACIONALES
  • DEPORTES
    • BÉISBOL
    • BALONCESTO
    • VOLEIBOL
    • FÚTBOL
    • TENIS
    • BOXEO
    • ATLETISMO
  • ECONOMÍA
    • TURISMO
    • COMBUSTIBLES Y ENERGÍA
    • FINANZAS Y COMERCIO
    • AGROPECUARIA
    • EMPRESAS
  • POLÍTICA
  • SALUD
  • JUSTICIA
  • INTERNACIONALES
  • OPINIÓN
  • TECNOLOGÍA
  • ARTE Y VARIEDAD
    • MÚSICA
    • CINE
    • FARANDULA
    • MODA
Sin Resultados
Ver Todos los Resultados
Hechos.com.do
Sin Resultados
Ver Todos los Resultados
Inicio Justicia

Defensor del Pueblo había advertido al Congreso de vulneraciones Ley de la DNI

Redacción Por Redacción
22 / 01 / 2024
Defensor del Pueblo

ARTICULOSRELACIONADOS

DNCD decomisa 121 láminas de presunta cocaína escondidas en cajas de piñas en el AILA

MP pide 18 meses de prisión como medida de coerción a imputados en caso Onco14

Martha Vanessa Chevalier evalúa recurrir condena de 10 años en el caso Wander Franco

Prisión preventiva para hombre imputado por asesinato de raso de la PN en Nagua

Condena de 15 años de prisión para hombre declarado culpable de trata de personas en modalidad de esclavitud sexual

El Defensor del Pueblo, órgano encargado de velar por los derechos y la buena administración, advirtió en el mes de octubre del 2023 al Congreso Nacional sobre las vulneraciones del proyecto, hoy Ley 1-24 de la Dirección Nacional de Investigaciones.

De acuerdo a la carta enviada por esta institución al presidente del Senado, Ricardo de los Santos, el 18 de octubre se establece lo siguiente: El artículo 4 sobre los principios de actuación debería desarrollarse y definir cuáles son los principios de actuación específicos de la comunidad de inteligencia nacional, con apego al Estado Social y Democrático de Derecho. La actual redacción sobre “principios” no menciona ni define esos principios de actuación.

Sobre el artículo 11 la obligatoriedad de entregar información al DNI por parte de instituciones públicas y privadas, si bien es cierto que se estila en la mayoría de los Estados, no menos cierto es que en uno que se precie de decir que es “de Derecho”, este artículo debería estar sujeto a mayores definiciones de alcance y limitaciones.

En todo caso, debe ajustarse a lo establecido por el Código Procesal Penal en esta materia, así como las limitaciones clásicas relacionadas con la protección de datos personales de terceros, la privacidad y la intimidad consagrados por el artículo 44 de la Constitución de la República, así como el secreto profesional y de fuentes de información periodísticas. Lo mismo aplica para el artículo 20 del texto del proyecto.

El artículo 14 sobre las prohibiciones debería ser trabajado con mayor profundidad en el mismo texto de la ley y no en reglamentos o normas inferiores, e incluir prohibiciones acostumbradas para los servicios de inteligencia como por ejemplo la prohibición de espionaje a funcionarios de otros poderes del Estado y órganos constitucionales, diplomáticos de alto nivel e incluso jefes de Estado de otros países.

La carta enviada por Pablo Ulloa también advirtió sobre la no satisfacción en la redacción del documento sobre la prohibición de participar en actividades políticas o sindicales de los agentes de inteligencia. Por otro lado, es necesario definir el papel de las misiones y embajadas diplomáticas, así como consulares, en las labores de información y manejo de la inteligencia en el extranjero en favor del Estado dominicano. El texto del proyecto sencillamente ignora este aspecto tradicionalmente de interés supremo en las legislaciones sobre esta materia.

Por último, a fin de eliminar la mayor cantidad posible de oscuros y ambigüedades, es sano utilizar algunas técnicas legislativas adicionales tales como la inclusión de un artículo sobre definiciones importantes para el objeto de la ley. Debería definirse conceptos como inteligencia, contrainteligencia, subversión, insurrección, anti-subversión, seguridad nacional, seguridad interna, agente secreto, agente de inteligencia.

El Defensor del Pueblo lamentó que el Congreso Nacional haya aprobado y convertido un proyecto con graves incongruencias y exhortó hacer los reparos de lugar ya que la Constitución de la República Dominicana establece en su artículo 7 que somos un Estado Social Democrático y de Derecho.


COMPARTIR CONTENIDO

Publicación Anterior

Adocco rechaza Ley DNI por vulnerar derecho a la información y a la intimidad de las personas

Publicación Siguiente

Fiscalía logra condena de 30 años contra hombre violó y asesinó hijastra en Sabana Perdida

TE RECOMENDAMOSLEER

Palacio Justicia y fiscalia Santo Domingo Oeste donde se concoe el caso FM 1

Condena de 15 años de prisión para hombre que mató a un agente policial  

20 de mayo del 2026
vladimir guerro

Azulejos regresan a octubre con la mira todavía puesta en la corona del Este

21 de septiembre del 2025
Abinader

Presidente Abinader destaca mejora en la calidad de vida de la gente y aumento de empleos

22 de junio del 2023
sinner

Sinner se convierte en el primer italiano en ganar el Abierto de Italia en 50 años

17 de mayo del 2026
hechos website footer logo

Medio de comunicación con más de 10 años en línea cubriendo todo el acontecer noticioso que se da cita en República Dominicana.

Síguenos en nuestras redes sociales:

  • Quiénes Somos
  • Privacidad
  • Términos de uso
  • Contactos

© 2023 | Todos los derechos reservados

Sin Resultados
Ver Todos los Resultados
  • NACIONALES
  • DEPORTES
    • BÉISBOL
    • BALONCESTO
    • VOLEIBOL
    • FÚTBOL
    • TENIS
    • BOXEO
    • ATLETISMO
  • ECONOMÍA
    • TURISMO
    • COMBUSTIBLES Y ENERGÍA
    • FINANZAS Y COMERCIO
    • AGROPECUARIA
    • EMPRESAS
  • POLÍTICA
  • SALUD
  • JUSTICIA
  • INTERNACIONALES
  • OPINIÓN
  • TECNOLOGÍA
  • ARTE Y VARIEDAD
    • MÚSICA
    • CINE
    • FARANDULA
    • MODA

© 2023 | Todos los derechos reservados