Una vez el Código Penal fue convertido en ley tanto por los senadores como por los diputados, la pieza ahora afrontará su más grande reto: que sea promulgada o devuelta al Congreso Nacional por parte del presidente de la República, Luis Abinader.
Hoy viernes crecen las expectativas sobre si el mandatario devolverá el proyecto para algunas modificaciones o si lo promulgará, convirtiéndose en el primer presidente en los últimos 20 años que no ha observado la pieza.
Este proyecto, que ha dado tumbos por el Poder Legislativo durante más de 20 años, logró el consenso de diputados y senadores para ser aprobado sin uno de sus temas más controversiales, las tres causales que permiten el aborto.
Esta fue la razón por la que fue devuelto la última vez que fue convertido en ley, en el año 2014, por el presidente de entonces, el hoy exmandatario, Danilo Medina, quien observó la pieza porque continuaba penalizando el aborto.
En el 2006, ocho años antes del 2014, el proyecto también fue devuelto por el presidente de entonces, Leonel Fernández, quien en aquel momento señaló incongruencias de ese proyecto con el Código Procesal Penal.
Durante el último cuatrienio, el Código Penal fue uno de los temas más discutidos en el Congreso Nacional. En varias ocasiones, tanto el Senado como la Cámara de Diputados aprobaron la pieza legislativa, lo que alimentó las expectativas de que finalmente sería promulgada.
No obstante, el proyecto nunca fue enviado al Poder Ejecutivo y terminó archivado en la Cámara de Diputados luego de su más reciente aprobación en noviembre de 2024.
Lo que aprobó el Congreso
El Senado de la República aprobó en única lectura las 64 modificaciones realizadas por los diputados a la Ley Orgánica que instituye el Código Penal de la República Dominicana.
Con una votación de 26 senadores de 27 presentes, el Pleno del Senado conoció la propuesta legislativa que se mantuvo en estudio durante más de 25 años en el Congreso Nacional.
En la primera sesión de la Legislatura Extraordinaria, el Pleno acogió las modificaciones realizadas por los diputados en el día de ayer.
En los trabajos, los senadores agotaron varios turnos de ponencia, donde valoraron la gran labor realizada por diputados y senadores, así como por los miembros de la Comisión Bicameral que tuvo a su cargo el estudio de la pieza, junto a asesores y especialistas.
Al inicio de la sesión, el presidente del Senado, Ricardo de los Santos, expresó su orgullo y satisfacción con el trabajo realizado por el Congreso Nacional para darle al país un nuevo Código Penal, e hizo un recuento de la cantidad de leyes especiales que estaban en el proyecto original y que ya han sido aprobadas.
Al dirigirse a sus pares, les recordó que este proyecto de ley tiene las condiciones que permiten presentar cualquier propuesta de modificación durante el periodo de Vacatio legis que prevé la pieza.
De los Santos también agradeció a los senadores, diputados, al Sistema Judicial Dominicano, a la Comisión Bicameral que analizó la pieza y a todos los que hicieron posible la aprobación del Código Penal de la República Dominicana.
El proyecto de ley del Código Penal marca un pilar en la transformación estructural del sistema penal del país. Esta reforma busca robustecer las sanciones para delitos graves, proteger a las víctimas y garantizar una justicia más efectiva, equitativa y actualizada.
La pieza destaca nuevas tipificaciones como: terrorismo, sicariato, genocidio, infracciones muy graves de guerra, lesa humanidad, desaparición forzada, feminicidio en sus distintas formas, inducción y cooperación al suicidio, daños con sustancias químicas (ácido del diablo), y la acumulación de penas, entre otras.
Esta novedosa propuesta legislativa fue presentada al Pleno por los senadores Ramón Rogelio Genao, Alexis Victoria, Félix Bautista, Cristóbal Venerado Castillo, Jonhson Encarnación, Moisés Ayala Pérez, Guillermo Lama y Odalis Rodríguez.
Esta reforma al Código Penal, que representa una transformación estructural no solo de la ley sino del entendimiento mismo del sistema penal dominicano, incluye innovaciones como el artículo 52, que establece que el límite de la pena aplicable en el concurso de infracciones muy graves no podrá superar los sesenta años de prisión.
Además, esta propuesta sanciona el atentado imprudente contra la vida, la responsabilidad de personas jurídicas por hechos culposos, bullying y bullying agravado, así como operaciones comerciales con niños y adolescentes. También se incorporan sanciones a personas jurídicas que provoquen incapacidades mayores a 60 días, entre otras disposiciones de gran relevancia para los ciudadanos y el Sistema de Justicia en general.