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Abinader devuelve al Congreso la Ley que autoriza pagos atrasados a contratistas

Redacción Por Redacción
19 / 01 / 2026
congreso

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 La ley que autoriza el pago de deudas por obras estatales ejecutadas a pequeños contratistas pone en riesgo las finanzas públicas, según advierte el presidente Luis Abinader, quien decidió observar y devolver la pieza al Congreso Nacional al considerar que la misma ordena desembolsos sin establecer montos exactos, sin identificar fuentes de financiamiento y sin garantizar que las obligaciones sean ciertas, líquidas y exigibles.

En una comunicación remitida al presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, el mandatario reconoce el espíritu de la iniciativa y valora el trabajo de ambas cámaras legislativas al procurar honrar deudas legítimas del Estado con contratistas, supervisores, asfalteros y trabajos de mantenimiento correctivo en escuelas.

No obstante, subraya que el texto aprobado incurre en inconsistencias jurídicas y presupuestarias que ameritan una revisión integral antes de cualquier ejecución.

El eje de la observación presidencial descansa en la legalidad presupuestaria y la sostenibilidad fiscal.

Abinader sostiene que la ley pretende reconocer obligaciones financieras sin una verificación previa de su certeza y liquidez, delegando esa comprobación a un momento posterior, lo que —a su juicio— invierte el orden prudente que debe regir el gasto público. “Reconocer primero y verificar después” expone al Estado a asumir compromisos sin conocer su magnitud real ni su impacto sobre el Presupuesto General de la Nación.

El jefe del Estado recuerda que la Constitución impone límites claros al endeudamiento y al gasto, obligando a programar ingresos y egresos conforme a la capacidad de pago del Estado.

En ese marco, advierte que ninguna ley que ordene pagos o genere obligaciones puede tener validez si no identifica los recursos necesarios para su ejecución.

La normativa observada, sin embargo, no fija un monto consolidado de la deuda ni define con precisión la fuente de los fondos, aspectos que resultan esenciales para preservar el equilibrio fiscal.

Otro punto crítico señalado por el Ejecutivo es la ausencia de delimitación temporal. Al no establecer una fecha de corte a partir de la cual se consideren las obras a pagar, la ley abre la posibilidad de incluir reclamaciones de cualquier período, incluso obligaciones que pudieran estar prescritas. Esta imprecisión, añade, podría generar litigios y decisiones judiciales adversas al Estado, con consecuencias financieras difíciles de anticipar.

Abinader también observa que la pieza reconoce acreedores del Estado y, al mismo tiempo, ordena al Ministerio de Hacienda y Economía verificar la documentación que les confiere esa condición.

A su entender, el procedimiento correcto debería ser el inverso: primero identificar y validar las acreencias, determinar con exactitud los montos y, una vez consolidada esa información, establecer en la ley los pagos y su financiamiento. Hacerlo al revés —insiste— vulnera los principios de responsabilidad financiera y transparencia.

En la comunicación, el mandatario hace referencia a la Ley Orgánica de Presupuesto, que prohíbe a los funcionarios asumir compromisos sin apropiaciones presupuestarias.

La propia ley observada, apunta, reconoce que muchas obras excedieron topes o se ejecutaron sin disponibilidad, situaciones que podrían incluso derivar en infracciones administrativas y que deben ser evaluadas con rigor antes de ordenar desembolsos.

El presidente también advierte sobre la disposición que pretende que los fondos provengan del presupuesto del Ministerio de Hacienda y Economía, pese a que esa cartera no cuenta con una partida asignada para esos fines. Sin un cálculo previo del monto adeudado, explica, resulta imposible consignar la obligación como deuda pública y prever su pago de manera responsable.


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