Acogiendo la solicitud de los fiscales de la Dirección General de Persecución del Ministerio Público, un tribunal del Distrito Nacional dispuso el envío a juicio de los integrantes de la red criminal desmantelada con la Operación Gaviota y que estableció un esquema piramidal con el que movilizó más de RD$4,239 millones y US$11.6 millones, afectando a 332 víctimas.
El órgano acusador estableció en el proceso que durante los años 2020-2024 la estructura criminal operó un esquema piramidal fraudulento denominado Investor Winner, que captó y movilizó las indicadas sumas de dinero de manera fraudulenta, ofreciendo rendimientos mensuales de entre 10% y 30% bajo el falso alegato de inversiones bursátiles legítimas.
Al considerar suficientes las pruebas que sustentan el expediente, el tribunal dictó auto de apertura a juicio en contra de los cabecillas Rafael Martínez Batista y su pareja Eridania García Veloz de Martínez; Edgar Antonio García Binet, Jesús Manuel de la Cruz Paché, Reynaldo Castillo Garrido, Ana Francisca Martínez Batista, Héctor Aníbal Santillán Faulkner, Carlos Manuel Jiménez Mauricio y Joanna del Cristo Amparo de Jiménez.
También, se ordenó el envío a juicio de O´neill Alberto Nivar Romero, William Félix Esquea D´Oleo, Roberto Evangelista Concepción, Rafael Martínez Colón, Lucía Martínez Colón, Rosangela Amador Núñez, Greer Antoni Carpio Paché, Anderson García Veloz, Emmanuel Nazaire, Isandry Alberto Rosario Victoriano y Daniel Cadet Gabriel, así como de Manuel Arturo de la Cruz Pache y Claribel Martínez Vicente.
Para cometer los hechos los imputados utilizaron las empresas IXI Intermecom S.R.L., Guro Investments S.R.L., Yirewall S.R.L., Cooperativa de Ahorros Créditos y Servicios Múltiples de Emprendedores Educativos (Coopes), Investor Winner IW S.R.L., Antoni Carpio Pisos y Construcciones S.R.L., Vagary Consulting S.R.L., Inversiones Cataleya S.R.L. y Gratia Plena S.R.L.
Además, las empresas Ghanima Corporation S.R.L., Taufit Investments S.R.L., Jalizca Family Inmobiliaria S.R.L., Fundación Doña Francisca Martínez, Grupo Fasurielva, S.R.L., Inmobiliaria Luz del Ángel S.R.L. y The Winner Academy & Trading Center.
La investigación estuvo a cargo de los fiscales Jonathan Pérez Fulcar, Yudelka Holguín, Enmanuel Ramírez, Miguel Crucey Rodríguez y ALexis Piña, de la Dirección General de Persecución del Ministerio Público.
El juez del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, Deiby Peguero Jiménez, dictó el auto de apertura a juicio y fijó la lectura íntegra de la decisión para el 14 de noviembre de 2025.
Los fiscales presentaron en el proceso más de 650 pruebas, incluyendo un total de 376 pruebas testimoniales, 19 peritajes financieros y de informática forense, así como 254 documentales y 29 materiales en contra de los integrantes de la red.
La estructura
En el citado período los acusados lograron captar los fondos de las víctimas en distintas provincias del país, muchas de las cuales hipotecaron propiedades o comprometieron sus ahorros personales.
Entre sus acciones, reclutaban a los inversores y los convencían de que estaban realizando una inversión legítima, creando empresas para captar valores del público sin poseer los permisos ni registros correspondientes ante la Superintendencia de Bancos ni la Superintendencia del Mercado de Valores.
La Dirección General de Persecución del Ministerio Público comprobó que no existían inversiones legítimas en los mercados internacionales, sino que se trataba de un esquema Ponzi, en el que los pagos a los primeros inversionistas eran financiados con los aportes de nuevos participantes.
Las investigaciones revelaron que los cabecillas Rafael Martínez Batista y su cónyuge Eridania García Veloz de Martínez, junto a los demás acusados, captaban a las víctimas mediante la empresa Investor Winner IW S.R.L. y el entramado de sociedades y cooperativas ficticias.
El Ministerio Público detalló que el grupo criminal utilizó redes sociales como Instagram, Facebook, WhatsApp y Telegram para promocionar falsas oportunidades de inversión, además de que falsificó estados financieros y constituyó empresas de fachada, logrando atraer a cientos de personas.
Para ocultar rastros y obstaculizar la investigación, los imputados cedieron las acciones de las empresas una vez colapsado el esquema y desaparecieron de sus domicilios habituales, mudándose desde Higüey hacia Dajabón o Azua; algunos, incluso, salieron del país.
La calificación jurídica acogida por el tribunal fue la de violación al artículo 15 de la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología (estafa a través de medios de alta tecnología); los artículos, 265, 266 y 405 del Código Penal Dominicano (asociación de malhechores para cometer estafa contra el estado); artículo 3, literales (a) (b); 35, literal (a); el artículo 68, literal (a), numerales (1) y (5), y el artículo 70, literal (a), numeral (1) de la Ley Monetaria y Financiera Núm. 183-02, de fecha 21 de noviembre de 2002 (intermediación financiera sin autorización).
También, la violación a los artículos 336 numerales (1) (5) (6), 340 y 352 de la Ley 249-17 del Mercado de Valores de la República Dominicana (captar fondos para supuesta operación en el Mercado sin autorización), así como el artículo 69 de la Ley 127-64 sobre el Cooperativismo en la República Dominicana y los artículos 2, numerales (11) y (15); 3, numerales (1), (2), (3), (5), 7 y 9, numerales (1) y (2), de la Ley No. 155-17 contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo.