Para definir los cargos plurinominales a elegirse en las elecciones del 2024, la Junta Central Electoral (JCE) seguirá usando los datos del censo de población realizado en la República Dominicana en el año 2010, como ha ocurrido en los últimos comicios.
Los resultados del censo del 2010 arrojaron que la población dominicana era de 9,445,281.
Se presume que al usarse la información del censo del 2010, los cargos que se eligen por demarcaciones territoriales en función de una determinada cantidad de habitantes, continuarán invariables con relación a pasados comicios en los cuales se utilizaron las mismas estadísticas sobre la población.
Ese es el caso de los candidatos a regidores, diputados y vocales de distritos municipales.
Según el artículo 81 de la constitución, 178 diputados son elegidos por circunscripción territorial en representación del Distrito Nacional y las provincias, distribuidos en proporción a la densidad poblacional, sin que en ningún caso sean menos de dos los representantes por cada provincia.
Mientras, el párrafo II del artículo 201 de la Carta Magna dispone que el número de regidores y sus suplentes serán determinados por la ley, en proporción al número de habitantes, sin que en ningún caso puedan ser menos de cinco para el Distrito Nacional y los municipios, ni menos de tres para los distritos municipales.
La ley 20-23 dispone, en el artículo 108, que las circunscripciones electorales partirán de las divisiones en sectores, secciones y parajes que haga la JCE, asignando la cantidad de diputados y regidores correspondientes de conformidad con el número de habitantes.
Especifica en el párrafo I de ese artículo, que se elegirán dos diputados para el Distrito Nacional y dos para cada provincia.