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TSE aplaza para el martes 25 de julio, demanda en nulidad de personería jurídica de 33 partidos minoritarios que no obtuvieron el 1% en las elecciones del año 2024

Alta Corte dispone que las organizaciones políticas sean puestas en causa

Redacción Por Redacción
20 / 07 / 2026
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Santo Domingo. -El Tribunal Superior Electoral (TSE) aplazó para el próximo martes 25 de julio, la demanda en nulidad de personería jurídica de treinta y tres partidos minoritarios que no obtuvieron el 1% en las elecciones del año 2024.

Los jueces Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, juez presidente; Pedro Pablo Yermenos Forastieri, Fernando Fernández Cruz, Rafaelina Peralta Arías y Lenis Rosángela García Guzmán, jueces titulares, dispusieron el aplazamiento para que se ponga en causa a las organizaciones políticas, acogiendo una petición de la Junta Central Electoral (JCE), parte impugnada representada por la consultora jurídica de la JCE, licenciada Nikaury Báez.

El tribunal ordenó que dichas notificaciones estén a cargo de la Junta Central Electoral (JCE). La audiencia fue fijada para las 9:00 de la mañana.

Las organizaciones que deberán ser puesta en causa son:
1.⁠ ⁠Partido Unidad Nacional (PUN), 2. Partido Justicia Social (JS), 3. Partido Alianza País (ALPAIS), 4. Partido Revolucionario Social Demócrata (PRSD), 5. Partido Cívico Renovador (PCR), 6. Partido Generación de Servidores (GenS), 7. Partido Democrático Alternativo (MODA), 8. Partido Humanista Dominicano (PHD), 9. Partido Alianza por la Democracia (APD), 10. Partido Primero La Gente (PPG), 11. Partido Esperanza Democrática (PED), 12. Partido Opción Democrática (OD), 13. Partido Quisqueyano Demócrata Cristiano (PQDC), 14. Partido Liberal Reformista (PLR), 15. Partido Frente Amplio (FAMP), 16. Partido Revolucionario Independiente (PRI), 17. Partido de Acción Liberal (PAL), 18. Partido Popular Cristiano (PPC), 19. Partido Demócrata Popular (PDP), 20. Partido Unión Demócrata Cristiana (UDC).

21.⁠ ⁠Partido Verde Dominicano (PASOVE), 22. Partido Socialista Cristiano (PSC), 23. Partido Demócrata Institucional (PDI), 24. Partido Nacional Voluntad Ciudadana (PNVC), 25. Partido Fuerza Nacional Progresista (FNP), 26. Partido Camino Nuevo (CN), 27. Movimiento Independiente Unidad y Progreso (MIUP), 28. Movimiento Comunitario Político Nosotros PaˋCuando? (MCNPC), 29. Movimiento Político Águila (MA), 30. Movimiento Humanista Independiente (MHI), 31. Movimiento Cívico Cabrereño (MCC), 32. Movimiento Confraternidad Dominicana (CCD), 33. Movimiento Independiente del Municipio de Consuelo (MINCO).

Demandantes

Los demandantes Proyecto Visión Nación (PVN) y el doctor José Cristopher Ramiorez, en la instancia depositada el 9 de julio, solicitan al Tribunal Superior Electoral declarar la nulidad de la personería jurídica de aquellas organizaciones que, conforme a los resultados de las elecciones de 2024, no alcanzaron el porcentaje mínimo de votación exigido por la legislación dominicana.

La acción sostiene que su objetivo es preservar la integridad y racionalidad del sistema de partidos, evitando que organizaciones sin el respaldo popular mínimo continúen disfrutando de las prerrogativas y recursos públicos que la ley reserva para aquellas que acrediten la representatividad requerida.

Los accionantes solicitan que el Tribunal ordene a la Junta Central Electoral aplicar de manera estricta el artículo 75 de la Ley núm. 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, al considerar que esa disposición establece de forma expresa las consecuencias jurídicas para las organizaciones que no alcanzan el porcentaje mínimo de sufragios.

Argumentan que cualquier interpretación administrativa, resolución o criterio técnico que modifique, retrase o flexibilice su aplicación vulnera el principio de legalidad y altera el equilibrio del sistema democrático.


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